Finiquito de término de contrato de trabajo
¿Dónde completar este trámite de finiquito de término de contrato de trabajo?
- Sucursales Chile Atiende
- Sitio web de Mon DT
- Oficinas de inspección de trabajo
- Notarios
La regulación de una relación laboral es el proceso mediante el cual el trabajador y el empleador, con la presencia de un ministro de fe, ratifican el fin del vínculo laboral. Esto permite a los dos partes despedirse de forma amistosa y respetuosa y celebrar el cumplimiento de sus compromisos, así como la relación que se ha desarrollado durante el tiempo que han trabajado juntos.
En este documento el motivo de despido y todo acuerdos a los que ambas partes se comprometen, en términos de condiciones, compensación y monto que el empleador o el empleador deben pagar al trabajador.
- Examinar más información sobre cómo ratificar un término de trabajo ( cara a cara y electrónico ).
El finiquito debe será ratificado ante un ministro de fe:
- En línea: a traves del sitio web de la Dirección del Trabajo
- En las Inspecciones del Trabajo.
- En las notarias.
Importante
El finiquito es un documento que debe firmar tanto el empleador como el trabajador para hacerlo válido. El trabajador también tiene la opción de designar un representante para firmar en su nombre mediante un poder simple. En caso de que el trabajador haya sido despedido, éste tiene el derecho de no firmar el finiquito si no está de acuerdo con las causas del despido.El empleador o empleadora deberá mantener al corriente el pago de las cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (en caso de aplicar) hasta la última fecha del mes previo al despido. No obstante, esta obligación no existe cuando el contrato de trabajo termina por mutuo acuerdo, renuncia voluntaria del trabajador o trabajadora, o por fallecimiento de este.
El trabajador o trabajadora tienen la opción de dejar constancia en el finiquito por si no estuvieran de acuerdo con los montos estipulados. Esto es aún aceptando los otros pagos, como las gratificaciones y vacaciones proporcionales, que se acuerden al momento de la firma. Además, si el trabajador o trabajadora no estuviera de acuerdo con los montos estipulados, podrían optar por exigir una revisión de los mismos.
El empleador o empleadora deberá otorgar el finiquito al trabajador o trabajadora dentro de diez días hábiles posteriores al término de la relación laboral, poniendo el monto establecido a su disposición. Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto puede ser pagado en cuotas, incluyendo intereses y reajustes. Además, el empleador deberá emitir un comprobante de pago para que el trabajador tenga constancia del abono.
El finiquito debe ser ratificado ante la Inspección del Trabajo para asegurar que se cumplen los términos acordados entre empleador y empleado. Si el empleador no cumple el plazo estipulado, el trabajador puede acudir a la Inspección del Trabajo para interponer un reclamo. Por otro lado, los contratos de menos de tres días, a menos que se amplíe el plazo por otros tres días, no requerirán de ratificación ante la Inspección del Trabajo.
Una vez concluido el plazo de contrato, el trabajador o trabajadora seguirá prestando sus servicios al empleador o empleadora con pleno conocimiento de este. Sin embargo, si el trabajador o trabajadora no acude a la ratificación del finiquito, los servicios prestados se considerarán como prestados de forma gratuita y sin contraprestación alguna, de acuerdo a lo establecido en la legislación laboral vigente.
La relación laboral llegará a su fin; el empleador o empleadora deberán notificarlo a la Inspección del Trabajo y, además, deberán entregar el finiquito al trabajador o trabajadora dentro de un plazo de diez días hábiles. El pago del finiquito deberá estar disponible para el trabajador de manera inmediata.
Una vez finalizada la relación laboral y firmado el finiquito, el trabajador o trabajadora solo tendrá acceso a los salarios adeudados, aunque estos ya se hayan devengado previamente. Por lo tanto, es importante contar con la documentación firmada para asegurar el cobro de los salarios adeudados.
El exempleador o exempleadora no está obligado a proporcionar una liquidación, aunque es una buena práctica hacerlo como una forma de mantener una relación saludable. Esto permitiría a los empleados tener acceso a información sobre los pagos recibidos durante su tiempo de trabajo.
- El despido de un trabajador o trabajadora debe ser comunicado por escrito y firmado por el empleador o empleadora. Además, para que el término del contrato sea oficial, debe ser certificado por el inspector o inspectora del trabajo respectivo.
- Se debe realizar una acta de conciliación o avenimiento entre las partes, así como una acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo.
- Una sentencia judicial ejecutoriada certificará el término del contrato.
Se puede ratificar un finiquito ante un ministro de fe para oficializar el término de un contrato de trabajo. Esto implica que ambas partes deben estar de acuerdo en la fecha en que finaliza el contrato y sus condiciones. En ciertos casos, no será necesario suscribir un finiquito, como cuando el trabajador abandona el empleo de forma voluntaria o cuando el empleador decide despedir al trabajador sin justa causa.
Si no se ratifica el finiquito, el trabajador podría perder los beneficios laborales a los que tiene derecho. Por lo tanto, es importante comprender los plazos y términos del finiquito antes de suscribirlo. Si se desea, hay alternativas al finiquito como un acuerdo verbal o una carta de despedida.
Algunos Tramites de ChileAtiende:
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