Indemnización por término de contrato
Es una compensación que completa o reemplaza la compensación por años de servicio y a la portada de seguro de desempleo.
Puede ser facturado al administrador del fondo de pensiones ( AFP ), presentando los documentos que prueban la duración del contrato de trabajo:
- Trabajadores dependientes: Esta cuenta se puede abrir acordando con el empleador la contribución mensual que esta última hará ( para cubrir la compensación de cualquier evento ).
- Hogares privados: por ley, los empleadores deben pagar las contribuciones; y el trabajador, el derecho a recuperarlo al final del contrato. Además, desde el 1 y 22 de octubre, los trabajadores en hogares privados también tienen derecho a un seguro de desempleo.
La cuenta de compensación de reemplazo es personal y completamente independiente la cuenta de capitalización individual y la cuenta de ahorro voluntario.
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Los trabajadores regidos por el Codigo del Trabajo que lleven mas de seis auf1os en una empresa pueden pactar con su empleador la sustitucion de la indemnizacion legal por una indemnizacion a todo evento. Este acuerdo puede ser tomado a contar del sue9ptimo auf1o de relacion laboral.
La indemnizacion a todo evento se paga cuando se termina el contrato de trabajo por cualquier causa, teniendo efecto solo despuue9s del sexto auf1o de servicio, con un tope de 11 auf1os.
El aporte se efectufaa en una AFP, que se encarga de realizar la cobranza y administracion de los fondos. El empleador debe financiar esta indemnizacion mediante un aporte de su cargo, de al menos un 4,11% de la remuneracion mensual imponible del trabajador con un tope de 99 Unidades de Fomento (UF).
Los trabajadores con contrato vigente al 1 de diciembre de 199 y que hayan sido contratados con anterioridad al 14 de agosto de 1981 tienen derecho a pactar con su empleador una indemnizacion sustitutiva sin luedmite de auf1os.,
Para materializar este acuerdo, el empleador y el trabajador (dependiente) deben suscribir el formulario pacto de indemnizacion sustitutiva emitido por la AFP en la que se encuentra incorporado el trabajador o en la cual desee que se efectufaen los aportes, segufan se trate de un afiliado al nuevo o al antiguo sistema.,
El empleador debe pagar mensualmente un total de 4,11% de las cotizaciones, pero divididas en 3% para el seguro de cesantueda y el 1,11% para la indemnizacion a todo evento de la AFP. De ese fondo, el trabajador podra retirar el dinero que sirve como indemnizacion, acreditando el tue9rmino de su contrato de trabajo.
El monto de la indemnizacion correspondera a los aportes hechos en el peruedodo de trabajo, mas la rentabilidad que se haya obtenido de ellos.
Caracteruedsticas de este monto:
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- Corre por cuenta del empleador.
- Es aparte de la remuneracion y cotizaciones previsionales del trabajador.
- Debe hacerse durante un maximo de 11 auf1os con cada trabajador, desde el inicio del contrato hasta el fin de la relacion laboral.
Importante: revise como efectuar una declaracion jurada de finiquito para trabajadoras de casa particular.,
- n
- Obtenga mas informacion sobre la cuenta de ahorro de indemnizacion.
- Revise la Ley Nuba 19.1. :términos =Trabajadores dependientes,ubfComo se hace?,Trabajadores de casa particular,Mas informacion>
Información proporcionada por ChileAttend
Algunos Tramites de ChileAtiende:
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