Solicitud para el cambio en el orden de los apellidos

¿Dónde completar este tramite de solicitud para cambio en orden de los apellidos?

  • No disponible Sucursales Chile Atiende
  • Disponible Oficinas de estado civil ( con tiempo reservado )

Permisos, dentro Ley No. TAG1 > 21,334 sobre la determinación del orden de los apellidos por acuerdo de los padres, solicitar el cambio del orden de los apellidos y presentar las manifestaciones del acuerdo de los padres sobre el orden de transmisión de los apellidos de sus hijos e hijas.

El derecho a determinar el orden de los apellidos, si se solicita en el momento de registro de un bebé recién nacido o recién nacido, o una rectificación de la partida de un adulto, solo se puede hacer una vez.

Aspectos importantes de la ley:

  • Entregarlo responsabilidad hacia los padres de establecer el orden de los apellidos de sus primogénitos o primogénitos, que se extenderá a los hijos e hijas en común que se registrarán más tarde, eligiendo registrar primero el apellido del padre o la madre.
  • Activo personas en edad legal ( 18 años ), chilenas o extranjeras, requieren la rectificación de su certificado de nacimiento para cambiar el orden de sus apellidos.
  • los cambio de orden de apellidos transferibles de hijos e hijas menores ya registrados o registrados, que se puede hacer durante el período de un año a partir de la entrada en vigor de la ley ( 11 de enero de 222 ).
  • En el caso anterior, y en el caso de solicitudes de edad legal con niños mayores de 14 años y menores de 18 años, deben firmar un consentimiento el día de la solicitud, completa el formulario C8.

Para más información, lea la sección detalles de esta pestaña.

El proceso está disponible durante todo el año estado civil y oficinas de identificación, con reunión previamente planificada en el sitio web de la institución.

Contenido

A quien le toca tramitar Solicitud para el cambio en el orden de los apellidos

  • Pueblo chileno.
  • Extranjeros con residencia permanente y cuyo nacimiento está registrado en Chile.

Detalles

Registros de recién nacidos o nacidos:

  • Ciertas afiliaciones paternas y maternas:
    • El formulario de acuerdo firmado por ambos padres que determina el orden de los apellidos elegidos ( debe presentarse con prueba de entregaC9). En el caso de que este formulario no esté acompañado o no esté firmado por ambos padres, el funcionario civil debe disparar para su determinación.
  • Paternidad determinada solo con respecto a uno de los padres:
    • El niño se registrará en el primer apellido transferible respectivo de la madre o el padre que lo reconozca primero en el documento de registro, según sea el caso.
    • Todos los hijos e hijas que tienen una pareja común siempre deben mantener el mismo orden de apellidos.

Los ancianos ( 18 años ) son personas chilenas o extranjeras que deben ser corregidas con respecto a su registro de nacimiento:

  • Solo se aplica al solicitante, a menos que tenga hijos o hijas menores de 14 años, en cuyo caso funcionará un efecto de transmisión del nuevo primer apellido transmisible por el padre o la madre, a los certificados de nacimiento de sus hijos e hijas.
  • Si el solicitante tiene uno o más hijos o hijas mayores de 14 años y menores de 18 años, Deben expresar su consentimiento mediante una declaración escrita publicada ante el funcionario o el estado civil y el servicio de identificación, suscribiéndose al formulario de consentimiento C8. En caso de consentimiento, el efecto de transmisión mencionado anteriormente no funcionará.
  • Los extranjeros solo pueden solicitar un cambio de orden en su apellido para la emisión o rectificación de sus documentos chilenos, de conformidad con los requisitos establecidos por la ley, También deben tener la residencia registrada y el nacimiento en Chile.
  • Aquellos que son: procesados, formalizados, con orden de arresto o detención pendiente, sujetos a otras medidas provisionales, no pueden solicitar un cambio de orden de los apellidos, condenado por un delito o delito simple punible con una pena aflictiva.

Hilos o niñas ya registrados, solo por un período de un año a partir de la entrada en vigor de la ley ( 11 de enero de 222 ),artículo 1 de transición de la ley n ° 21 344:

  • Los padres deben firmar los siguientes formularios de solicitud de corrección ( C7 ) y el formulario principal / acuerdo de protección ( C9 ), y si entre los hijos o hijas mayores de 14 años y menores de 18 años, deben expresar su voluntad al funcionario civil a través del formulario de consentimiento ( C8 ).

¿Qué necesito para hacer el tramite de solicitud para cambio en orden de los apellidos?

Para todos los casos, el solicitante debe presente su tarjeta de identidad.

Los ancianos ( 18 años ) son personas chilenas o extranjeras que deben ser corregidas con respecto a su registro de nacimiento:

Hijo o hijas reconocidos por ambos padres:

Hijo o hijas, ya registrados, reconocidos solo por uno de los padres:

  • Niños menores de 14 años: formulario C7.
  • Más de 14 años y menos de 18: formularios C7 y C8.

¿Es válido?

Una vez que se ha aprobado el cambio en el orden de los apellidos, la validez es indefinida.

¿Cómo y dónde debo hacer el proceso?

– Instrucciones Procedimiento en línea

Solo para la planificación del tiempo de atención:

  1. Haga clic en la hora del calendario.
  2. Una vez en el sitio web de estadísticas vitales, haga clic en el inicio del tratamiento y luego en la rectificación.
  3. Seleccione la opción correspondiente: orden de apellidos, hijos registrados o orden de apellidos de edad legal.
  4. Complete los datos requeridos y haga clic en Entrada de la solicitud.
  5. Seleccione el escritorio apropiado, elija el día hábil y haga clic en el horario laboral.
  6. Como resultado del proceso, habrá programado la hora para solicitar cambiar el orden de los apellidos. Recuerde traer los antecedentes requeridos.

= ( ); = = 1182 > Tiempo planificado – Procesamiento de instrucciones en la sucursal

  1. Planifique una hora de atención ( vea la pestaña en línea ).
  2. Reúna los antecedentes requeridos.
  3. Ir a Oficina del Registro Civil y Servicio de Identificación donde ha planeado su cita, en la fecha y hora correspondientes.
  4. Explique el motivo de su visita: solicite un cambio de orden de los apellidos.
  5. Entregue la información requerida.
  6. Después del proceso, habrá solicitado el cambio de orden de los apellidos según sea el caso correspondiente. Dentro de un período aproximado de 45 días hábiles, la orden de servicio se emitirá autorizando o no autorizando la rectificación o correcciones solicitadas.

– Instrucciones de contacto telefónico – Instrucciones por correo electrónico – Instrucciones para el procesamiento en el consulado

¿Cuál es el costo del proceso?

El proceso de registro y rectificación es gratuito. Sin embargo, en el caso de correcciones requeridas por personas mayores de 18 años, se debe pagar el costo de publicar correcciones en el Diario Oficial, además, se deben pagar tarifas por la emisión de nuevos documentos de identidad y viaje ( documento de identidad y pasaporte ).

Marco legal

  • Ley No. TAG1 > 21,334 sobre la determinación del orden de los apellidos por acuerdo de los padres, publicado en el Diario Oficial el 14 de mayo de 221.
  • Decreto Supremo ( DS ) n ° 15, que aprueba los reglamentos que rigen los asuntos a que se refiere el artículo 6 de la Ley No. TAG1 > 21,334, publicado en el Diario Oficial el 1 de enero de 222.
  • Decreto Supremo ( DS ) n ° 149, que modifica el Decreto Supremo No. TAG1 > 15 que aprueba los reglamentos que rigen los asuntos a que se refiere el artículo 6 de la Ley No. TAG1 > 21,334, publicado en el Diario Oficial el 1 de enero de 222.

Información proporcionada por Servicio de registro e identificación de propiedad civil

Algunos Tramites de ChileAtiende:

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